Si tienes más de 200 personas trabajando en uno de tus centros, probablemente ya has oído hablar del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo. Quizás te llegó en forma de noticia, de circular interna o de aviso de tu asesoría. Lo que no siempre queda claro es qué es exactamente, qué obliga a hacer y por qué el plazo es tan importante.
En esta guía te lo explicamos todo, sin tecnicismos innecesarios.
¿Qué es un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
Un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo —conocido por sus siglas PMST— es un documento estratégico que analiza cómo se desplazan las personas de una empresa entre su domicilio y su lugar de trabajo, y establece medidas concretas para reducir el impacto ambiental de esos desplazamientos.
Dicho de otra forma: es el plan que ordena cómo se mueve tu plantilla y qué vas a hacer para que esos movimientos sean más sostenibles, más seguros y más eficientes.
No es un trámite burocrático sin más. Un PMST bien hecho identifica qué porcentaje de tu plantilla va en coche individual, cuántos podrían usar transporte público, cuántos viven lo suficientemente cerca para ir en bici, y qué medidas son realistas implantar en tu caso concreto.
¿Para qué sirve el PMST?
El Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo cumple varios objetivos a la vez:
Reducir emisiones de CO₂. Los desplazamientos al trabajo representan una parte significativa de la huella de carbono de cualquier empresa. El PMST cuantifica esas emisiones y marca objetivos de reducción medibles.
Mejorar la seguridad vial. Los accidentes in itinere —los que ocurren de camino al trabajo— son la primera causa de muerte laboral en España. El plan incluye medidas específicas para reducirlos.
Cumplir con la ley. Desde la entrada en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, tener un PMST es una obligación legal para las empresas que superan ciertos umbrales de trabajadores. No tenerlo conlleva sanciones.
Mejorar la imagen corporativa. Cada vez más clientes, inversores y licitaciones públicas exigen acreditar compromisos ESG (ambientales, sociales y de gobernanza). El PMST es una prueba tangible de ese compromiso.
¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
La obligación afecta a empresas privadas y entidades públicas que superen alguno de estos dos umbrales:
- Más de 200 personas trabajadoras en un centro de trabajo, o
- Más de 100 personas en el turno más numeroso
El umbral se calcula centro por centro, no por empresa. Esto significa que una empresa con tres centros de 100 personas no está obligada, pero si uno de esos centros crece hasta superar las 200, ese centro sí necesita su propio plan.
Los centros con más de 1.000 personas en municipios de más de 500.000 habitantes tienen exigencias adicionales, como reducir los desplazamientos en hora punta.
Si tienes dudas sobre si tu empresa está obligada, en nuestra landing del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo encontrarás una herramienta de comprobación rápida.
¿Qué dice la Ley 9/2025 sobre el PMST?
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, en vigor desde diciembre de 2025, establece por primera vez la obligación generalizada de disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo para las empresas que superan los umbrales indicados.
Posteriormente, el Real Decreto-ley 7/2026 adelantó el plazo de cumplimiento un año: lo que originalmente vencía en diciembre de 2027 pasa a vencer el 5 de diciembre de 2026.
Este adelanto es relevante porque el proceso de elaboración de un PMST no es inmediato. Incluye una fase de diagnóstico, una encuesta a la plantilla y —este es el punto más delicado— una negociación obligatoria con la representación de los trabajadores, que puede llevar varias semanas.
¿Qué debe incluir el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
La ley establece un contenido mínimo que todo PMST debe cubrir:
1. Datos del centro y alcance del plan. Identificación del centro, número de personas afectadas y marco legal aplicable.
2. Diagnóstico de movilidad. Análisis de cómo se desplazan actualmente los trabajadores: qué medios de transporte usan, qué distancias recorren y cuáles son las emisiones asociadas.
3. Objetivos de reducción de emisiones. Metas cuantificables y con horizonte temporal definido.
4. Medidas priorizadas. Acciones concretas para fomentar el transporte público, la movilidad activa (bicicleta, desplazamiento a pie), el carpooling, los vehículos de bajas emisiones y el teletrabajo cuando sea posible.
5. Seguridad vial. Medidas para reducir los accidentes in itinere, que afectan tanto a trabajadores como a visitantes y proveedores.
6. Indicadores y seguimiento. Sistema de medición para evaluar el cumplimiento de los objetivos, con informes de seguimiento cada dos años.
¿Cuánto tiempo se tarda en hacer el PMST?
El proceso completo, desde el inicio del diagnóstico hasta la aprobación del plan, lleva orientativamente entre 6 y 10 semanas.
El factor que más alarga los plazos no es la redacción del documento —eso lo hacemos en paralelo a otras fases—, sino la negociación con la representación de los trabajadores. Si el centro tiene delegados sindicales activos, el proceso es más ágil. Si hay que constituir una comisión negociadora específica, puede llevar algo más de tiempo.
Por eso, si el plazo límite es el 5 de diciembre de 2026, empezar en octubre es demasiado tarde. Lo razonable es arrancar con al menos 3 meses de margen.
¿Qué pasa si no tienes el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
No disponer del PMST antes del plazo está tipificado como infracción en la Ley 9/2025, con sanciones de hasta 2.000 € por centro incumplidor.
Además, el Real Decreto-ley 7/2026 vincula determinadas ayudas y subvenciones al cumplimiento de esta obligación. Las empresas que no tengan el plan aprobado pueden perder el derecho a esas ayudas o verse obligadas a devolverlas.
Más allá de las sanciones económicas, el incumplimiento puede tener consecuencias reputacionales relevantes en contextos de licitación pública o certificación ESG, donde cada vez se exige más este tipo de documentación.
Cómo puede ayudarte Isoval con tu Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo
En Isoval nos encargamos de todo el proceso: desde el diagnóstico inicial y la encuesta a la plantilla, hasta la redacción del plan, el acompañamiento en la negociación y el trámite de registro ante la administración.
Trabajamos con precio cerrado, sin sorpresas, y con experiencia en normativa ambiental que incluye ISO 14001, huella de carbono y RSC.
Si quieres saber si tu empresa está obligada y en qué situación estás, puedes hacer la comprobación en nuestra página de Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo o contactarnos directamente para una consulta gratuita.
El plazo de diciembre de 2026 se acerca. Cuanto antes se empieza, más tranquila es la negociación y mejor queda el plan.
