Tu empresa tiene hasta el 5 de diciembre de 2026 para cumplir la nueva Ley de Movilidad Sostenible
Si tienes más de 200 personas en un centro o más de 100 por turno, estás obligado. Redactamos tu Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo y te lo dejamos listo para aprobar y registrar.
¿Está obligada tu empresa?
Dos preguntas y lo sabes al momento.
El plazo se ha adelantado un año
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible obliga a muchas empresas a tener un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST). El Real Decreto-ley 7/2026 ha adelantado un año el plazo: lo que antes vencía en diciembre de 2027 ahora vence el 5 de diciembre de 2026.
El plan no se redacta y ya está: hay que negociarlo con la representación de los trabajadores antes de aprobarlo, y ese paso lleva su tiempo. Cuanto antes se empiece, mejor.
¿Tu empresa está obligada?
La obligación afecta a empresas privadas y entidades públicas con centros de trabajo de:
Se mira centro a centro. Si una de tus instalaciones llega a esas cifras, ese centro necesita su plan aunque el resto de la empresa no llegue.
Centros de alta ocupación. Los centros con más de 1.000 personas en municipios de más de 500.000 habitantes tienen exigencias añadidas, como reducir desplazamientos en hora punta.
Sectores que más se encuentran con la obligación
Trabajamos con cualquier sector. Estos son los que más a menudo superan el umbral:
Logística y distribución
Almacenes y plataformas con turnos amplios. Ej.: un centro logístico con 300 operarios.
Industria con turnos
Fábricas a varios turnos. Ej.: planta cerámica o de plásticos con más de 200 personas.
Agroalimentario
Centros de manipulado y envasado, con picos de campaña.
Grandes hoteles
Plantillas grandes y turnos. Ej.: hotel de costa con +200 empleados en temporada.
Sanidad privada
Hospitales y clínicas con personal a turnos.
Grandes superficies
Centros comerciales e hipermercados con plantilla numerosa.
Fechas clave
- 5 dic 2025Entra en vigor la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible.
- Marzo 2026El Real Decreto-ley 7/2026 adelanta el plazo un año.
- 5 dic 2026 — Fecha límiteEl plan debe estar aprobado en todos los centros obligados.
- +3 mesesDesde la aprobación, el plan se comunica a la comunidad autónoma para su registro (EDIM).
- Cada 2 añosInforme de seguimiento mientras el plan esté vigente.
Qué debe contener el plan
Un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo bien hecho no es papeleo: es un documento que ordena cómo se desplaza tu plantilla y propone medidas realistas y medibles. Por ley debe incluir:
Cómo lo hacemos en Isoval
Nos encargamos de todo el proceso, en cuatro fases:
Diagnóstico de movilidad
Visitamos el centro y analizamos accesos, transporte público, aparcamiento, puntos de recarga, turnos y horarios.
Encuesta a la plantilla
Cuestionario digital con QR en planta y enlace por correo. Extraemos cómo se mueve la gente y calculamos las emisiones.
Redacción del plan
Redactamos el PMST completo: objetivos, medidas priorizadas, indicadores y calendario de implantación.
Negociación y cierre
Te acompañamos en la negociación con la plantilla y dejamos el plan listo para aprobar y registrar ante la administración.
El paso que más tiempo lleva suele ser la negociación con la plantilla, no nuestra parte. Por eso conviene arrancar con margen frente a diciembre.
Qué pasa si no lo tienes a tiempo
No disponer del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo en plazo está tipificado como infracción, con sanciones de hasta 2.000 €. Además, si tu empresa recibe ayudas directas de las previstas en el Real Decreto-ley 7/2026, no cumplir con esta obligación puede llevar a tener que devolverlas.
Por qué Isoval
Precio cerrado
Sin costes ocultos ni sorpresas, como en el resto de servicios de Isoval.
Nos encargamos de todo
Del diagnóstico al registro, sin que tengas que perseguir el proceso.
Sin burocracia inútil
Un plan que sirve de verdad, no 200 páginas que nadie lee.
Expertos en sostenibilidad
Experiencia en normativa ambiental: ISO 14001, huella de carbono, RSC.
El Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo forma parte de nuestra área de Medioambiente y Sostenibilidad, donde también ayudamos a empresas con ISO 14001, huella de carbono, ISO 14006 y responsabilidad social corporativa.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuántos trabajadores estoy obligado?
¿Hasta cuándo tengo para tenerlo?
Ya tengo un plan anterior, ¿me vale?
¿Hay que negociarlo con los trabajadores?
¿Cuánto se tarda?
¿Qué necesitáis de nuestra parte?
¿Podéis empezar antes del verano?
¿Mi comunidad autónoma puede tener sus propias normas?
¿Tu empresa tiene que presentar el plan? Hablemos.
Cuéntanos cuántos centros tienes, la plantilla y los turnos, y te decimos en qué situación estás y cómo lo resolvemos. Sin compromiso.
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